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El comercio electrónico, incluido en la ley para defensa de los consumidores

La ley para la Defensa de los consumidores y usuarios amplía desde el pasado 13 de junio su aplicación a los pedidos online, lo cual afecta al comercio electrónico.

Además se añaden algunas modificaciones a lo ya expuesto. Resumimos la publicación de algunas de estas novedades en el BOE:

Por ejemplo, se exige mucha más información previa a través de la ampliación de los requisitos de información precontractual exigibles en los contratos con consumidores y usuarios. En este sentido, hay obligación de tener presente la existencia y condiciones de las garantías legales y comerciales, los servicios posventa, las posibles restricciones de suministro o las modalidades de pago aceptadas.

Nueva Ley Comercio Electrónico

Otras novedades afectan a los contratos de suministro de contenido digital, en los que se deberá informar de las distintas formas de utilización del mismo y de cualquier limitación técnica, como son la protección a través de la gestión de los derechos digitales o la codificación regional.

En cuanto al botón de pago, según el resumen de Adigital, cuando la realización del pedido implique el pago de una cantidad determinada, como contraprestación por el servicio o producto solicitado, el botón de pedido debe contener la expresión «pedido con obligación de pago» u otra expresión similar pero que no sea ambigua.

Otras novedades afectan al servicio de atención al cliente y hacen hincapié en la entrega de una clave identificativa y un justificante por escrito, en papel u otro soporte; así como la garantía de una atención personal directa; diferenciación de otras las otras actividades de la empresa; diseño según principios de accesibilidad universal para garantizar el acceso a personas con discapacidad o personas de edad avanzada.

Todo ello se añade a otros aspectos relativamente novedosos, como el riesgo de pérdida o deterioro de los bienes enviados y la limitación del horario de las llamadas comerciales.

Si quieres conocer más detalles, puedes consultar su promulgación en el BOE en este enlace

Un lector nos deja también este enlace interesante sobre el tema. Gracias Raúl!

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Francisco Rubio

Francisco Rubio

CEO de ExpacioWeb Digital Marketing. Emprendedor y empresario. Debilidad por el marketing digital y el social media.

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